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¿Sufrí un accidente de trabajo el cual fue calificado por el IMSS estuve incapacitado y ?
Escrito por Samuel Lara   

¿Sufrí un accidente de trabajo el cual fue calificado por el Seguro Social, estuve incapacitado y me dieron de alta, posteriormente sufro una recaída por el mismo accidente y mis incapacidades me las expiden y pagan por enfermedad general, es correcto?

No, porque cuando el asegurado sufre un riesgo de trabajo y es dado de alta, y posteriormente sufre una recaída con motivo del mismo accidente o enfermedad de trabajo, tendrá derecho a gozar del subsidio mientras dure su incapacidad para trabajar, equivalente al cien por ciento del salario en que estuviera cotizando en el momento de ocurrir el riesgo de trabajo, motivo por el cual el seguro social deberá de expedirle sus certificados de incapacidad temporal por riesgo de trabajo y pagarlos por este mismo concepto, de no ser así tendrá el derecho a demandar al seguro social el pago de las diferencias existentes( 40%) entre lo que le pagó ( 60% sobre el salario) y lo que le debe de pagar (100% sobre el salario). Este subsidio se le paga directamente al trabajador asegurado o a su representante debidamente acreditado. Sólo en el caso de que el trabajador tanga una incapacidad mental comprobada ante el Instituto, se podrá pagar a la persona o personas a cuyo cuidado quede el incapacitado.